SUMARIO
Cuando un paciente fallece en un centro asistencial o incluso recibiendo un tratamiento domiciliario riguroso, con control permanente del médico, sin conocerse la causa que desencadeno el desenlace final, -que en la mayoría de los casos se manifiesta a través del “paro cardiorespiratorio no traumático”, corresponde que la clínica, la obra social o los médicos tratantes —para eximirse de responsabilidad— alcancen la certeza del origen del deceso. Ello por cuanto son los facultativos y los representantes de los centros asistenciales quienes se encuentran en mejores condiciones para hacerlo.
DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL, CAPITAL FEDERAL
(DIAZ CORDERO – PIAGGI – BUTTY.)
GRECO, SILVIA c/ MADIES, EUGENIO s/ ORD.
SENTENCIA, 34368/03 del 20 DE MAYO DE 2004