Contrato de trabajo – Subcontratación laboral – Responsabilidad solidaria – Gastronómicos

SUMARIO

Las tareas realizadas por la actora como camarera del buffet que funcionaba en las instalaciones del Club Universitario Buenos Aires resultan conceptualmente inescindibles de las correspondientes a la actividad normal y específica del club, por lo que corresponde extender la condena en los términos del art. 30 LCT. Toq. 1236.

REFERENCIAS

Referencias Normativas: LEY 20.744 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 390/76 Art. 30

DATOS DEL FALLO

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL
Sala 06 (Fera. Fontana.)
Viveros Villalba Rita c/ Club Universitario de Buenos Aires Asoc. Civil y otros s/ despido.
SENTENCIA, 13851/03 del 10 DE SETIEMBRE DE 2007