Contrato de trabajo – Subcontratación laboral – Supermercados – Repositor

SUMARIO

Las tareas de reposición son propias y específicas de un supermercado como consecuencia directa de la modalidad de venta mediante autoservicio, y por ende benefician al titular o explotador de dichos establecimientos. De allí que el supermercado (Hipermercados Carrefour) sea solidariamente responsable en los términos del art. 30 LCT, con el proveedor de los productos y empleador del actor (Unilever).

REFERENCIAS

Referencias Normativas: LEY 20.744 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 390/76 Art. 30

DATOS DEL FALLO

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL
Sala 02 (Maza-Pirolo)
Monteleone, diego Damián c/ Unilever de Argentina S.A. y otro s/ despido
SENTENCIA, 99038 del 16 DE MARZO DE 2011