Fallo Juez Justicia Abogados Posadas Misiones Argentina

Contrato de trabajo – Subcontratación laboral – Responsabilidad solidaria – Empresa de transportes lácteos

SUMARIO

Mastellone Hnos. S.A. es solidariamente responsable en los términos del art. 30 LCT frente al actor, junto a logística La Serenísima S.A., empresa integrada por transportistas independientes (uno de ellos el actor) que se dedican al transporte de los productos lácteos, actuando en función de ello eventualmente como consignatario y/o distribuidor y/o transportador. Ello así, toda vez que si bien Mastellone Hnos. S.A. es una empresa dedicada a la producción de productos y subproductos lácteos, necesita el transporte de dichos productos a los consumidores.

El artículo referido opera aunque se trate de una intermediación con un contratista que cuenta con una organización autónoma y medios propios, bastando que los servicios contratados correspondan a la actividad normal y específica propia del empresario principal.

REFERENCIAS

Referencias Normativas: LEY 20.744 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 390/76 Art. 30

DATOS DEL FALLO

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL
Sala 05 (Zas-Garcia Margalejo)
PICALLO, JORGE FABIAN c/ PICALLO RAUL Y OTROS s/ DESPIDO
SENTENCIA, 72465 del 16 DE JULIO DE 2010