¿El estatuto del periodista me da más derechos que la ley?
Sí. El estatuto contiene importantes mejoras en cuestiones fundamentales, como el cómputo del preaviso y la indemnización por antigüedad.
¿Hay alguna indemnización especial por ser periodista?
Sí. El estatuto establece que, además de las indemnizaciones por despido, al periodista se le deben pagar seis meses más de sueldo.
¿Cuánto me tienen que pagar si me despiden?
Dos o cuatro sueldos en concepto de preaviso, dependiendo de la fecha de ingreso, un mes de sueldo por cada año de servicio y además la indemnización especial de seis meses recién mencionada.
¿Cuándo paso de colaborador a efectivo?
Una vez que complete un mínimo de veinticuatro colaboraciones anuales, aún cuando hayan sido sin firma.