SUMARIO
El segundo párrafo del art. 30 LCT modificado por el art. 17 de la ley 25.013 debe integrarse a la primera parte no modificada. En tal sentido, es necesario que el empresario que cede, contrata o subcontrata parte de la actividad específica de su explotación debe requerir todos los controles que la propia norma establece a fin de no cargar con la responsabilidad solidaria emergente de la relación laboral.
REFERENCIAS
Referencias Normativas: LEY 20.744 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 390/76 Art. 30, LEY 25.013 Art. 17
DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL
Sala 02 (RODRIGUEZ-BERMUDEZ)
CEBALLOS, VICENTE c/ CIENCIA ALIMENTARIA S.A. Y OTRO s/ DESPIDO
SENTENCIA, 89233 del 16 DE ABRIL DE 2001