SUMARIO
Si bien la implantación de una gomería en el ámbito de un “área de servicios” de una estación de GNC conforma parte de la actividad normal y específica del establecimiento y habilita la incriminación al titular de la misma, no procede la responsabilidad solidaria prevista en el art. 30 de la LCT por la muerte de un trabajador que laboraba en la gomería, ya que no se han acreditado los supuestos previstos en dicha norma (del voto del Dr. Machado).
REFERENCIAS
Referencias Normativas: LEY 20.744 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 390/76 Art.30.
DATOS DEL FALLO
CAMARA DE APELACION EN LO LABORAL, SANTA FE, SANTA FE
Sala 02 (COPPOLETTA, ALZUETA, MACHADO)
ALMARAZ, Juan Ramón y otro c/ TORAGLIO, Diego Jorge y otros s/ ACCIDENTE DE TRABAJO
SENTENCIA del 22 DE MAYO DE 2013