Abogados de Filiación en Posadas Misiones, Argentina

Filiaciones

En materia de Derecho de Familia frecuentemente, recibimos consultas por parte de mujeres que – habiendo mantenido relaciones sexuales extramatrimoniales ya sea mientras se encontraban en concubinato con el padre alegado, o bien de manera ocasional con personas de sexo masculino o en relaciones efímeras-, conciben y dan a luz a un hijo que no se encuentra reconocido por su verdadero padre.

También solicitan asesoramiento quienes son demandados en tal sentido.

El derecho a la identidad y el derecho del hijo a ser reconocido por sus padres tiene raigambre constitucional en nuestro país, ya que la Constitución Argentina en su reforma del año 1994, ha receptado los principios internacionales consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño.

El padre – si tiene la certeza de su paternidad biológica- puede proceder al reconocimiento del hijo en forma voluntaria, espontánea, y de diversas formas. Si no tiene esa seguridad, puede recurrir al auxilio de las pruebas biológicas de ADN como paso previo al acto de reconocimiento voluntario.

Situados en la hipótesis de negativa a reconocer al niño, la madre en representación de su hijo menor, o este último llegada su mayoría de edad, pueden incoar contra el padre alegado una acción ante los estrados judiciales, reclamando la paternidad extramatrimonial.

Si bien existe multiplicidad de medios de prueba y los indicios tienen relevancia en este tipo de juicios, la prueba por excelencia es la basada en los patrones genéticos, o análisis del ADN (ácido desoxirribonucleico).

El mismo se practica por Laboratorios especializados en genética, y puede efectuarse no sólo por extracción de sangre, sino a través del análisis de otras muestras de fluídos humanos, como ser el hisopado de saliva, el cual se realiza sobre la madre, el hijo y el padre alegado.

En el ámbito de la Provincia de Misiones, actualmente el Cuerpo Médico Forense proporciona una lista de Laboratorios de ese tipo, a fin de que las partes elijan el que consideren más adecuado.

En juicio, resulta conveniente para ambos litigantes, contar con un consultor técnico de parte que podrá controlar la extracción de las muestras y el procedimiento empleado, y también practicar un análisis de ADN paralelo. La comparación entre los resultados obtenidos por el Laboratorio elegido y los logrados por el consultor técnico, permitirá detectar si existieron alteraciones en las muestras y/o si el análisis y conclusiones del Laboratorio son las correctas.

Resulta aconsejable la designación de un Abogado de Familia, particularmente en los casos en que la paternidad deviene dudosa por diversas circunstancias.