Daños y perjuicios – Responsabilidad médica – Error de tratamiento – Historia clínica

SUMARIO

Si las indicaciones del médico fueron correctamente anotadas en la historia clínica, en relación al suministro de un medicamento por parte del personal de enfermería, que ante la falta de existencia lo suministró horas mas tarde, y si no existe elemento alguno del cual pueda inferirse que dicha orden se había modificado, no procede responsabilizar a la enfermera por las consecuencias del suministro de la droga, ello por cuanto la decisión sobre el tipo de fármaco y las condiciones en que debe suministrarse corren por cuenta del médico y no de la enfermera.

DATOS DEL FALLO

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL, CAPITAL FEDERAL
Sala F
GOMEZ, Mario c/ CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
INTERLOCUTORIO del 4 DE JULIO DE 2003