SUMARIO
Cuando la solidaridad obligacional pasiva es de fuente legal, se debe aportar evidencia sobre los requisitos que establece la ley para que esta solidaridad se produzca, lo que significa probar que es dependiente de una empresa, que ésta realiza una actividad que se identifica con la actividad ordinaria y específica de otra, con la cual está unida por un contrato o subcontrato, y que se han omitido deberes de control (art. 30 Ley de Contrato de Trabajo) (Disidencia del Dr. Ricardo Luis Lorenzetti).
REFERENCIAS
Referencias Normativas: LEY 20.744 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 390/76 Art. 30
DATOS DEL FALLO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, CAPITAL FEDERAL
(Mayoria: Highton de Nolasco, Petracchi, Maqueda, Zaffaroni, Argibay. Disidencia: Lorenzetti. Abstencion: Fayt)
Herrera, Nerio Felipe c/ Degac S.A. y otro (Coto C.I.C. S.A.).
SENTENCIA del 10 DE ABRIL DE 2007