SUMARIO
Desde el punto de vista procesal, la historia clínica participa de los caracteres de la prueba documental simultáneamente con los de la prueba informativa desde que queda un registro de ella en los archivos medico-asistenciales. En un registro de hechos biológicos y médico asistenciales que interesan al paciente y un exponente de la calidad de la atención recibida. Precisamente, para determinar cual ha sido la calidad de la atención brindada le son aplicables por vía de analogía los principios de técnica documental que impone el Código de Comercio sobre el modo de llevar los libros. De ahí que, es importante señalar que está prohibido alterar los asientos o registros, dejar blancos que posibiliten insertar un texto extemporáneo, hace interlineaciones o enmiendas sin salvarlas mediante un nuevo asiento, tachar algún registro, arrancar o mutilar hojas o modificar la foliatura.
DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL, CAPITAL FEDERAL
Sala M (Juez de Cámara: ALVAREZ.)
ORTEGA SUAREZ, Denis Mauro c/ OSPIT (OBRA SOCIAL PERSONAL INDUSTRIA TEXTIL)y otro s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
SENTENCIA del 7 DE MARZO DE 2003