Daños y perjuicios – Responsabilidad del médico – Parto – Uso de fórceps

SUMARIO

Cuando no se encuentran reunidas las condiciones obstétricas para la realización de un fórceps, lo que se debe decidir es la intervención cesárea de inmediato para extraer el feto en el menor tiempo posible, frente a un cuadro de sufrimiento fetal agudo. Existiendo por otra parte un error o falta técnica en el accionar del médico al aplicar esta técnica —utilizando una sola rama de fórceps para rotar la cabeza del feto— en esa etapa del trabajo de parto, no solo porque la lleva a cabo inadecuadamente sino porque retrasa el único posible intento de solución que evite o morigere el daño producido. (Sumario confeccionado por el Saij)

DATOS DEL FALLO

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL, CAPITAL FEDERAL
Sala J (Zulema Wilde – Beatriz A. Verón – Marta del Rosario Mattera)
PIANTANIDA ANDREA PAULA #INSTANCIA: C #TIPO_TRIBUNAL: CI c/ HOSPITAL NAVAL Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
SENTENCIA del 3 DE FEBRERO DE 2010