Contrato de trabajo – Responsabilidad solidaria: Improcedencia – Subcontratación laboral – Servicio de hotelería – Obras sociales

SUMARIO

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que dejó firme la que había condenado solidariamente a un sindicato y la obra social al pago de créditos laborales reclamados por dos trabajadores que no tenían vinculación laboral propia con los recurrentes sino respecto de los concesionarios del servicio de hotelería, pues lo resuelto extendió desmesuradamente el ámbito de aplicación de la norma de un modo que su texto no consiente, desnaturalizando su contenido al asignarle un significado que excede inaceptablemente sus fines (Disidencia del Dr. Ricardo Luis Lorenzetti).

DATOS DEL FALLO

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, CAPITAL FEDERAL
(Mayoria: Petracchi, Highton de Nolasco, Fayt, Maqueda, Zaffaroni. Disidencia: Lorenzetti. Abstencion: Argibay)
Páez, Augusto y otro c/ Sindicato del Seguro de la República Argentina y otros.
SENTENCIA del 18 DE OCTUBRE DE 2006