Aportes y Jubilaciones

¿Cómo sé si tengo hechos los aportes?

Puede consultar por internet en la página de la AFIP, con su número de CUIL

¿Puedo pedirle a la empresa que los haga, si no los hizo?

Sí. Hay que enviar un telegrama intimando a la empresa a hacer los aportes.

¿A qué edad me puedo jubilar?

Los trabajadores varones, a los 65 años. Las trabajadoras mujeres, a los 60.

¿Hay otros requisitos además de la edad?

Sí. Debe tener treinta años de servicio (trabajo en blanco). Por lo menos quince de esos treinta deben haber sido con aportes.

¿Pueden obligarme a que me jubile si no quiero?

Sólo si ud. ya llegó a la edad máxima y tiene los años de servicio y aportes suficientes para acceder al beneficio de la jubilación. En tal caso, la empresa le puede enviar un telegrama intimándolo a tramitar la jubilación por el plazo de un año.

Me ofrecen que me jubile y siga trabajando ¿Puedo perder algún derecho si lo hago?

Sí. Puede perder el derecho a cobrar la antigüedad en el empleo. Es conveniente consultar cada caso.